Otorgamiento de licencia ambiental para explotación de yacimiento de oro
Conflicto de la pesca con otra actividad económica
CAUCA
Suárez
Desplazamiento, Minera, Limitación de territorio pesquero, Falta de reconocimiento étnico (sentencia t-1045a de 2010).
Trabajo, Debido proceso, Consulta previa, Autonomía, Vida digna, Integridad cultural
Explotación de yacimiento de oro (sentencia t-1045a-2010).
Mediante licencia BFC-021 expedida por Instituto Colombiano de Geología y Minería (INGEOMINAS), se otorgó al señor Héctor Jesús Sarria la explotación de un yacimiento de oro consistente en 99 hectáreas y 6507 metros cuadrados localizada en la desembocadura de la quebrada La Turbina río Cauca, por un término de 10 años prorrogables. Este título, se encontraba en el registro minero nacional del 27 de junio de 2007 sin acreditar la licencia ambiental. Mediante la resolución 8463-3-30 del 30 de abril de 2010, se dispuso decretar el desalojo de la zona a favor de Héctor Jesús Sarria, además de ordenar el cesamiento o eliminación de la actual perturbación al predio (Sentencia T-1045A-2010).
Comunidad afrodescendiente de la toma (sentencia t-1045a-2010).
Se solicita dejar sin efecto la parte resolutiva de la resolución 8463-3-30 del 30 de abril de 2010, en la cual se dispuso decretar el desalojo a favor de Héctor Jesús Sarria, además de ordenar el cesamiento o eliminación de la actual perturbación al predio. Además, que se oficie al señor Héctor Sarria cumplir con el decreto 1320 de 1998 y la directiva presidencial del 26 de marzo de 2010 en el sentido de realizar la consulta previa. Que el Instituto Colombiano de Geología y Minería (INGEOMINAS) revoque el título minero BFC-021 concedido al señor Héctor Sarria por no haberse agotado el trámite de consulta previa. Como medida provisional se pidió ordenar la suspensión de la Resolución Nº 8463-3-30 del 30 de abril de 2010 que ordena el señalamiento de la diligencia para declarar, el desalojo de la comunidad (Sentencia T-1045A-2010).
Debido proceso, Consulta previa, Vida digna, Trabajo, Autonomía e integridad cultural (sentencia t-1045a-2010).
Mediante licencia BFC-021 expedida por Instituto Colombiano de Geología y Minería (INGEOMINAS), se otorgó al señor Héctor Jesús Sarria la explotación de un yacimiento de oro consistente en 99 hectáreas y 6507 metros cuadrados localizada en la desembocadura de la quebrada La Turbina río Cauca, por un término de 10 años prorrogables. Este título, se encontraba en el registro minero nacional del 27 de junio de 2007 sin acreditar la licencia ambiental. Por lo cual, el 20 de mayo de 2010 se presentó acción de tutela por la comunidad, para la protección de los derechos a la vida digna, consulta previa, trabajo, debido proceso, autonomía e integridad cultural. Además, se solicitó dejar sin efecto la parte resolutiva de la resolución 8463-3-30 del 30 de abril de 2010, en la cual se dispuso decretar el desalojo a favor de Héctor Jesús Sarria, además de ordenar el cesamiento o eliminación de la actual perturbación al predio. Asimismo, que se ordenara la suspensión de las actividades de explotación minera hasta que no se realice el proceso de consulta previa y se revoque el título minero otorgado. El 4 de junio de 2010 se emitió sentencia de primera instancia por el Tribunal Superior de Popayán. El 22 de julio de 2010 se emitió sentencia de segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia. El 14 de diciembre de 2010 se emitió sentencia favorable por la Corte Constitucional. Se ordenó al Ministro del Interior y de Justicia impartir las instrucciones correspondientes para que se realice, garantice y coordine la consulta previa. Además, se ordenó la suspensión inmediata de las actividades de explotación minera para lo cual, el Alcalde de Suárez deberá tomar las medidas para hacer efectiva esta suspensión. La Corporación Autónoma Regional del Cauca no deberá dar efectividad a la licencia ambiental que se haya concedido o llegare a expedirse en razón de la Resolución N° 198 de junio 17 de 2010 hasta tanto no se realice la consulta previa.
Comunidad afrodescendiente de la toma (sentencia t-1045a-2010).
Ministro del interior y de justicia, Coordinador del grupo de consulta previa del ministerio del interior, Héctor jesús sarria, Alcalde de suárez, Cauca; corporación autónoma regional del cauca, Instituto colombiano de geología y minería (ingeominas), Defensoría del pueblo regional del cauca, Procuraduría general de la nación (sentencia t-1045a-2010).
Debido proceso, Consulta previa (sentencia t-1045a-2010).
Se ordena al Ministro del Interior y de Justicia que imparta las instrucciones correspondientes al Coordinador del Grupo de Consulta Previa de ese Ministerio, para que realice, garantice y coordine la consulta previa, con la participación del señor Héctor Jesús Sarria y el Concejo Comunitario del corregimiento de La Toma cuya comunidad será plenamente informada y escuchada, por conducto de sus representantes autorizados, desde la preconsulta hasta la finalización del proceso.El señor Héctor Jesús Sarria realizará la suspensión inmediata de las actividades de explotación minera que esté realizando, directamente o por interpuesta persona, en el corregimiento La Toma del municipio de Suárez, Cauca. El Alcalde de Suárez deberá tomar las medidas para hacer efectiva la suspensión de estas actividades. La Corporación Autónoma Regional del Cauca no deberá dar efectividad a la licencia ambiental que se haya concedido o llegare a expedirse en razón de la Resolución N° 198 de junio 17 de 2010 hasta tanto no se realice la consulta previa. INGEOMINAS, deberá abstenerse de otorgar o suspenda, según el caso, la o las licencias de explotación minera en el proyecto del señor Héctor Jesús Sarria o cualquier otro en el corregimiento La Toma de Suárez, Cauca, hasta tanto se realice, de manera adecuada, la consulta previa ordenada y si hubiere lugar, la licencia ambiental respectiva. Se deja sin efectos la resolución 8463-3-30 de abril 30 de 2010, que ordenó la suspensión de las actividades de explotación minera no autorizada y el desalojo de las personas que la venían realizando. La Defensoría del Pueblo, regional del Cauca y la Procuraduría General de la Nación deberán apoyar, acompañar y vigilar el pleno cumplimiento del fallo y adoptar, si es del caso, medidas de protección a la comunidad del corregimiento de La Toma, municipio de Suárez, Cauca (Sentencia T-1045A-2010).
El Estado colombiano a través de INGEOMINAS entregó licencias de explotación de oro en Suarez, Cauca a terceros. A pesar de que la comunidad afrocolombiana de La Toma no fue consultada previamente de dichas actividades en su territorio. Los miembros de dicha comunidad viven de actividades como la pesca artesanal. Sin embargo, expresan que este tipo de proyectos los priva del acceso a las áreas de pesca (Sentencia T-1045A de 2010).