Desplazamiento de la comunidad afrodescendiente de Tabaco.
Conflicto de la pesca con otra actividad económica
LA GUAJIRA
Hatonuevo
Limitación de la actividad pesquera, Desplazamiento del territorio, Carbonífera, Pérdida de tradiciones y costumbres (sentencia t-329 de 2017).
Mínimo vital, Debido proceso, Consulta previa, Identidad cultural, Igualdad, Vida digna, Integridad cultural y social, Desarrollo sostenible, Autonomía étnica, Educación, Dignidad, Vivienda colectiva, Propiedad privada
Cerrejón zona norte (sentencia t-329 de 2017).
El 11 de septiembre de 1998 se otorgó licencia ambiental mediante la Resolución N° 003058 del 11 de septiembre de 1998. Sin embargo, la ejecución de esta se realizó sin aplicar la consulta previa a la comunidad de Tabaco. El señor Gustavo Wilches Chaux y un equipo interdisciplinario fueron contratados por la empresa Carbones del Cerrejón, para adelantar una investigación de tipo socioeconómico, cultural y antropológico, en relación con el impacto generado por la actividad extractiva en la mina. De esta investigación surgió el libro La Red Tabaco de Desarrollo Endógeno”. En noviembre de 1997, la empresa INTERCOR -hoy Carbones del Cerrejón Limited- informó a las autoridades del municipio de Hatonuevo, La Guajira, y a los residentes del corregimiento de Tabaco, “que necesitaba adquirir las posesiones localizadas en Tabaco para continuar con el desarrollo del plan minero”. Por esta razón, ese mismo año, la Alcaldía de ese municipio expidió una resolución “prohibiendo la construcción de nuevas viviendas en el Corregimiento de Tabaco”. Lo anterior condujo a que el 11 de septiembre de 1998, la Corporación Autónoma Regional de La Guajira (Corpoguajira) expidiera la Resolución 003058, mediante la cual concedió permiso a INTERCOR “para el aprovechamiento de las aguas superficiales de uso público procedentes del Arrollo Tabaco”. El 15 de noviembre de 1998 fue creada la Junta Pro Reubicación de Tabaco, cuyo propósito es defender los derechos humanos y fundamentales de la comunidad afrodescendiente de Tabaco, así como procurar la reubicación física y social, consulta previa e indemnización colectiva por la expropiación de sus tierras ancestrales. En diciembre de 1998 y en febrero de 1999, el Ministerio de Minas y Energía expidió las resoluciones 82330 y 80244, respectivamente, por las cuales ordenó la expropiación administrativa sobre parte de la zona urbana del corregimiento de la comunidad de Tabaco, para declararlo como bien de utilidad pública e interés social. En junio de 2001 se realizaron avalúos urbanos sobre los predios de Tabaco y el 28 de enero de 2002 se realizó la expropiación definitiva del corregimiento afrodescendiente de Tabaco. En febrero de 2002 la Alcaldía Municipal de Hatonuevo solicitó a INTERCOR -hoy Cerrejón- donar “al municipio los predios Ojo el Medio y Mayalitos”, para desarrollar un programa de viviendas de interés social en la zona y el reconocimiento de un incentivo adicional equivalente al 20 % sobre los bienes públicos de Tabaco. En 2007 nación la Red Tabaco, como una cuenta con dineros para la comunidad girados por Cerrejón para mejorar sus niveles de vivienda y concederles créditos a los miembros de la comunidad para realizar proyectos productivos. Sin embargo, la comunidad no ejercer ningún control sobre la Red, la cual está integrada por personas ajenas a la comunidad. El 12 de diciembre de 2008, Carbones del Cerrejón Limited y la Junta Social Pro Reubicación de Tabaco firmaron un acuerdo sobre el caso de la comunidad de Tabaco, el cual estableció “indemnizaciones y reconstrucción física y social de Tabaco, donde Cerrejón se compromete con cumplir su responsabilidad social en la comunidad. El 27 de diciembre de 2012, Carbones del Cerrejón hizo entrega al municipio de 14 Hectáreas del predio “La Cruz”, con el fin de iniciar el proceso de reconstrucción física y social de la comunidad de Tabaco. No obstante, en diciembre de 2013, se realizó una reunión donde estuvieron presentes “el Personero, Concejales, funcionarios de la Alcaldía de Hatonuevo y uno sola persona de la comunidad de Tabaco”, en la que Cerrejón expuso que dicho proceso debía realizarse de nuevo, toda vez que por el predio “pasa una servidumbre de gas y que este nuevo proceso de trámites demoraría más de dos años”. (Sentencia T-329 de 2017).
Comunidad afrodescendiente de tabaco (sentencia t-329 de 2017).
Se solicita realizar la consulta previa. Que se realice por parte de Cerrejón la reconstrucción, reasentamiento y reubicación física y social a la comunidad de Tabaco (Sentencia T-329 de 2017).
Igualdad, Consulta previa, Autonomía étnica, Desarrollo sostenible e integridad cultural y social de la comunidad de tabaco sus derechos fundamentales a la educación, Dignidad, Vivienda colectiva y propiedad privada (sentencia t-329 de 2017).
El 11 de septiembre de 1998 se otorgó licencia ambiental mediante la Resolución N° 003058 del 11 de septiembre de 1998. En noviembre de 1997, la empresa INTERCOR -hoy Carbones del Cerrejón Limited- informó a las autoridades del municipio de Hatonuevo, La Guajira, y a los residentes del corregimiento de Tabaco, “que necesitaba adquirir las posesiones localizadas en Tabaco para continuar con el desarrollo del plan minero”. Por esta razón, ese mismo año, la Alcaldía de ese municipio expidió una resolución “prohibiendo la construcción de nuevas viviendas en el Corregimiento de Tabaco”. En junio de 2001 se realizaron avalúos urbanos sobre los predios de Tabaco y el 28 de enero de 2002 se realizó la expropiación definitiva del corregimiento afrodescendiente de Tabaco. En febrero de 2002 la Alcaldía Municipal de Hatonuevo solicitó a INTERCOR -hoy Cerrejón- donar “al municipio los predios Ojo el Medio y Mayalitos”, para desarrollar un programa de viviendas de interés social en la zona y el reconocimiento de un incentivo adicional equivalente al 20 % sobre los bienes públicos de Tabaco. En 2007 nación la Red Tabaco, como una cuenta con dineros para la comunidad girados por Cerrejón para mejorar sus niveles de vivienda y concederles créditos a los miembros de la comunidad para realizar proyectos productivos. Sin embargo, la comunidad no ejercer ningún control sobre la Red, la cual está integrada por personas ajenas a la comunidad. El 12 de diciembre de 2008, Carbones del Cerrejón Limited y la Junta Social Pro Reubicación de Tabaco firmaron un acuerdo sobre el caso de la comunidad de Tabaco, el cual estableció “indemnizaciones y reconstrucción física y social de Tabaco, donde Cerrejón se compromete con cumplir su responsabilidad social en la comunidad. El 27 de diciembre de 2012, Carbones del Cerrejón hizo entrega al municipio de 14 Hectáreas del predio “La Cruz”, con el fin de iniciar el proceso de reconstrucción física y social de la comunidad de Tabaco. No obstante, en diciembre de 2013, se realizó una reunión en la que Cerrejón expuso que dicho proceso debía realizarse de nuevo, toda vez que por el predio “pasa una servidumbre de gas y que este nuevo proceso de trámites demoraría más de dos años”. Por lo cual, el 4 de abril de 2014 la comunidad negra de Tabaco presentó acción de tutela solicitando la protección de sus derechos y la realización del proceso de consulta previa. Además, que se realice por parte de Cerrejón la reconstrucción, reasentamiento y reubicación física y social a la comunidad de Tabaco. El 30 de abril de 2014 se emitió sentencia de primera instancia por el Tribunal Superior de Riohacha. El 28 de mayo de 2014 se emitió sentencia de segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia. El 15 de mayo de 2017 se emitió sentencia por la Corte Constitucional concediendo el amparo solicitado. La Corte ordenó que se tomen medidas adecuadas y necesarias para reactivar el plan de trabajo y los acuerdos pactados en torno a ‘la Red Tabaco de desarrollo endógeno”, para propiciar la reubicación y el restablecimiento de la comunidad de Tabaco. Se deberá definir un espacio de participación que asegure la posibilidad de que la comunidad de Tabaco pueda efectivamente ejercer su derecho de participación. La Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República deben conformar un comité de verificación del cumplimiento de los acuerdos pactados entre Carbones del Cerrejón, la comunidad de Tabaco y el Municipio.
Comunidad afrodescendiente de tabaco (sentencia t-329 de 2017).
Defensoría del pueblo, Procuraduría general de la nación, Contraloría general de la república, Red tabaco, Carbones del cerrejón, Comunidad de tabaco, Municipio de hatonuevo (sentencia t-329 de 2017).
Vida digna, Mínimo vital, Igualdad, Debido proceso, Identidad cultural, Autonomía étnica, Integridad cultural y social y desarrollo sostenible (sentencia t-329 de 2017).
Se ordena que las partes intervinientes en el proceso tomen medidas adecuadas y necesarias para reactivar el plan de trabajo y los acuerdos pactados en torno a ‘la Red Tabaco de desarrollo endógeno”, para propiciar la reubicación y el restablecimiento de la comunidad de Tabaco. Se deberá definir un espacio de participación que asegure la posibilidad de que la comunidad de Tabaco pueda efectivamente ejercer su derecho de participación. Se ordena a la comunidad de Tabaco tomar las medidas adecuadas y necesarias para colaborar armónicamente con el proceso de reactivación del acuerdo y de los pactos previamente suscritos. Se ordena a los representantes de la Red Tabaco verificar los créditos otorgados a los habitantes de Tabaco, identificar si el cobro de estos genera la vulneración de sus derechos y tomar medidas adecuadas al respecto. La Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República deben conformar un comité de verificación del cumplimiento de los acuerdos pactados entre Carbones del Cerrejón, la comunidad de Tabaco y el Municipio. En caso de encontrar incumplimientos específicos o vulneraciones concretas de derechos fundamentales, estos órganos deberán adelantar las acciones correspondientes (Sentencia T-329 de 2017).
La explotación de carbón en minas a cielo abierto se ha venido realizando en La Guajira desde los años setenta a través de concesiones entregadas por el Estado (Wilches-Chaux, 2011). El área abarcada por la concesión se encuentra en el municipio de Hatonuevo, donde han realizado la pesca continental los miembros de la comunidad negra de Tabaco (Solano et al., 2018). Las comunidades indican que la actividad de extracción de carbón han afectado las condiciones de pesca de la zona (Iguarán, 2013).