Dilación en la titulación de tierras de comunidades negras.

Tipología de conflictos pesqueros

Conflicto institucional y cultural alrededor de la pesca

Departamento

BOLÍVAR

Municipio

Cartagena

Otros conflictos asociados

Pobreza, Exclusión, Desplazamiento del territorio, Pérdida de tradiciones y costumbres, No certificación de comunidades étnicas, Imposibilidad de realizar actividad pesquera, No titulación de predios a comunidades, No realización de consulta previa, (Sentencia T-680 de 2012)

Derechos asociados al caso

Debido proceso, Consulta previa, Existencia, Derecho de petición, Integridad cultural y social, Identidad cultural y autonomía de las comunidades culturales

Proyecto que vulnera derechos de comunidades pesqueras

Dilación en titulación de tierras de comunidades negras, (Sentencia T-680 de 2012)

Descripción del proyecto que vulnera derechos de comunidades pesqueras

En 1984 el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora) concluyó el proceso de clarificación de la propiedad de los predios que conforman el archipiélago de Nuestra Señora del Rosario. Expidió la resolución 04698 de 1984, confirmada en vía gubernativa mediante resolución 04393 de 1986, declarando que las Islas del Rosario nunca han salido del patrimonio nacional y que, por lo tanto, son baldíos reservados pertenecientes a la Nación. En 1999 la Procuraduría Delegada para Asuntos Agrarios inició una acción de cumplimiento contra el Incora, encaminada a que dicha entidad adelantara el proceso de desalojo y recuperación de los predios, que para esa fecha se encontraban ocupados por particulares. Esta acción fue fallada favorablemente en dos instancias, ordenándose al Incora proceder a dichas actuaciones. De manera posterior, varios de los habitantes de las Islas del Rosario conformaron el Consejo Comunitario de Comunidades Negras de la Unidad Comunera de Gobierno Rural de Isla del Rosario – Caserío Orika, se registró por la Secretaría de Participación y Desarrollo Social de la Alcaldía Mayor de Cartagena el 21 de febrero de 2005. Dicho Consejo, presentó el 16 de febrero de 2006 al Incoder una solicitud de titulación colectiva del globo de terreno ocupado ancestralmente por la comunidad negra de las Islas del Rosario, dicha titulación hasta el momento de presentación de la sentencia no se había realizado (Sentencia T-680 de 2012).

Comunidades pesqueras involucradas

Comunidades negras de la unidad comunera de gobierno rural de isla del rosario – caserío orika (sentencia t-680 de 2012).

Medidas solicitadas por las comunidades pesqueras

Se ordene tramitar la solicitud de titulación colectiva presentada por los accionantes; dar una respuesta de fondo a dicha solicitud; retrotraer todos los contratos de arrendamiento y/o usufructo que se hubieren celebrado sobre predios que hagan parte del globo de terreno objeto de esta solicitud de titulación colectiva; se suspenda la totalidad de las transacciones jurídicas que se encuentren en curso en relación con estos mismos predios; no realizar otra operación de este tipo en relación con los citados terrenos hasta tanto no exista una decisión de fondo sobre esa misma solicitud (Sentencia T-680 de 2012).

Derechos reivindicados por las comunidades pesqueras en la demanda

Existencia, Derecho al debido proceso, Derecho a la consulta previa y derecho de petición, Integridad cultural y social, Identidad cultural y autonomía de las comunidades culturales

Resumen del caso jurídico

En 1984 el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora) concluyó el proceso de clarificación de la propiedad de los predios que conforman el archipiélago de Nuestra Señora del Rosario. Expidió la resolución 04698 de 1984, confirmada en vía gubernativa mediante resolución 04393 de 1986, declarando que las Islas del Rosario nunca han salido del patrimonio nacional y que, por lo tanto, son baldíos reservados pertenecientes a la Nación. En 1999 la Procuraduría Delegada para Asuntos Agrarios inició una acción de cumplimiento contra el Incora, encaminada a que dicha entidad adelantara el proceso de desalojo y recuperación de los predios, que para esa fecha se encontraban ocupados por particulares. Esta acción fue fallada favorablemente en dos instancias, ordenándose al Incora proceder a dichas actuaciones. De manera posterior, varios de los habitantes de las Islas del Rosario conformaron el Consejo Comunitario de Comunidades Negras de la Unidad Comunera de Gobierno Rural de Isla del Rosario – Caserío Orika, se registró por la Secretaría de Participación y Desarrollo Social de la Alcaldía Mayor de Cartagena el 21 de febrero de 2005. Dicho Consejo, presentó el 16 de febrero de 2006 al Incoder una solicitud de titulación colectiva del globo de terreno ocupado ancestralmente por la comunidad negra de las Islas del Rosario,dicha titulación hasta el momento de presentación de la sentencia no se había realizado. Por lo cual, el 14 de noviembre del 2007 las comunidades Negras de la Unidad Comunera de Gobierno Rural de Isla del Rosario – Caserío Orika presentaron acción de tutela solicitando el amparo de los derechos de petición, debido proceso, consulta previa, existencia, integridad cultural y social, la identidad cultural y autonomía de las comunidades culturales. Se solicitó no realizar ningún tipo de acción jurídica o de hecho sobre los terrenos de la titulación, que la solicitud de titulación colectiva sea tramitada y se retrotraigan los contratos de arrendamiento y usufructo sobre los predios objeto de la solicitud de titulación. Además, que se suspendan las transacciones jurídicas relacionadas con estos mismos predios y no se realice ningún tipo de operación relacionada con los predios citados hasta que no exista una decisión de fondo sobre esa misma solicitud. El 27 de noviembre de 2007 se emitió fallo de primera instancia por el Tribunal Superior de Bogotá. El 28 de enero de 2008 se emitió el fallo de segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia. El 27 de agosto de 2012 se emitió sentencia por la Corte Constitucional, la cual revoca la sentencia de segunda instancia y tutela los derechos fundamentales de petición, debido proceso administrativo y a la propiedad colectiva de las tierras. Ordena al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) terminar el trámite de titulación colectiva. Ordena la suspensión de la celebración de nuevos contratos de usufructo y arrendamiento, así como la renovación de los que ya se hubieran celebrados. Se deberá revisar por Incoder la revocatoria o sustitución de las resoluciones 04698 de 1984 y 04393 de 1986, que declararon baldíos los territorios de las Islas del Rosario. Se previene al Incoder para que realice el proceso de consulta previa al momento de emitir decisiones administrativas que afecten poblacion afrodescendiente del archipiélago.

Actores beneficiados por la sentencia

Consejo comunitario de comunidades negras de la unidad comunera de gobierno rural de isla del rosario – caserío orika

Actores condenados en la Sentencia

Procuraduría general de la nación, Instituto colombiano de desarrollo rural incoder), Defensoría del pueblo regional bolívar, (Sentencia T-680 de 2012)

Derechos tutelados por la Corte Constitucional

Derecho de petición, Debido proceso administrativo y a la propiedad colectiva de las tierras, (Sentencia T-680 de 2012)

Medidas ordenadas por la Corte Constitucional

Se ordena al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) en el término de 3 meses dar por terminado el trámite de titulación colectiva; se ordena la suspensión de la celebración de nuevos contratos de usufructo y arrendamiento, así como la renovación de los que ya se hubieran celebrados; Incoder deberá evaluar la posibilidad de revocar o sustituir las resoluciones 04698 de 1984 y 04393 de 1986, respecto al carácter de baldíos reservados de los territorios conocidos como Islas del Rosario, respecto a las áreas sobre las que se ha solicitado la titulación colectiva; se previene al Incoder para que en caso de expedir decisiones administrativas que afecten poblacion afrodescendiente del archipiélago, realice el proceso de consulta previa con acompañamiento del Ministerio del Interior. La Defensoría del Pueblo Regional Bolívar y la Procuraduría General de la Nación deberán acompañar y vigilar el cumplimiento de la sentencia (Sentencia T-680 de 2012).

Conflictos pesqueros judicializados

En 1984 el Estado Colombiano consideró a las islas del Rosario como patrimonio y tierras baldías (Resolución 04698 de 1984). Sin embargo, desde 2006 el consejo comunitario Orika ha solicitado la titulación de su territorio y estos procesos fueron dilatado por más de 6 años. La comunidad realiza allí actividades tradicionales como la pesca artesanal. Por tal razón, los miembros de dicha comunidad alegan que el incumplimiento y dilatación de este proceso por parte del Estado, afecta sus actividades tradicionales asociadas a su territorio (Sentencia T-680 de 2012).