Reasentamiento y desplazamiento de las comunidades Negras de los corregimientos de Chancleta y Patilla por explotación carbonífera a cielo abierto.

Tipología de conflictos pesqueros

Conflicto de la pesca con otra actividad económica

Departamento

LA GUAJIRA

Municipio

Barrancas

Otros conflictos asociados

Contaminación ambiental, Desplazamiento del territorio, Limitación de actividades económicas, Imposibilidad de ejercicio de la cultura de la comunidad, Limitación de acceso al agua, Imposibilidad de asistir al colegio, Pérdida de actividades ancestrales, Desplazamiento, (Sentencia T-256 de 2015)

Derechos asociados al caso

Consulta previa, Ambiente sano, Vida, Salud, Agua potable, Consentimiento previo, Libre e informado, Reconocimiento y subsistencia como pueblo étnico, Intimidad

Proyecto que vulnera derechos de comunidades pesqueras

Cerrejón, (Sentencia T-256 de 2015)

Descripción del proyecto que vulnera derechos de comunidades pesqueras

La empresa Carbones del Cerrejón Limited (conocida como Carbones de Cerrejón S.A. hasta el 2002), ejecuta una operación de minería, transporte y embarque de carbón a cielo abierto en el departamento de La Guajira, amparada por un plan de manejo ambiental integral (PMA), aprobado mediante las resoluciones 2097 de 2005 y 1632 de 2006 en los sectores denominados Tajo Patilla, PIT Tabaco y PIT los comuneros (Sentencia T-256 de 2015).

Comunidades pesqueras involucradas

Comunidades negras y wayúu de los corregimientos de patilla y chancleta (sentencia t-256 de 2015).

Medidas solicitadas por las comunidades pesqueras

Se solicita que Carbones del Cerrejón Limited realice el reasentamiento de las familias de la comunidad teniendo en cuenta sus raíces ancestrales afrodescendientes, su pertenencia a la comunidad Wayúu y la ocupación que han tenido las familias desde hace más de 10 años en la zona (Sentencia T-256 de 2015).

Derechos reivindicados por las comunidades pesqueras en la demanda

Derecho al ambiente sano, A la intimidad, A la vida y a la salud, (Sentencia T-256 de 2015)

Resumen del caso jurídico

La empresa Carbones del Cerrejón S.A. ejecuta una operación de minería, transporte y embarque de carbón en el departamento de La Guajira. En el año 2000 se realizó un censo en los corregimientos de Chancleta y Patilla para iniciar un proceso de reubicación de las familias asentadas. El 4 de mayo de 2006 la Alcaldía Municipal de Barrancas, La Guajira, profirió el Acuerdo 025, en el cual se prohibió la construcción de vivienda en los municipios de Chancleta y Patilla. Cerrejón Limited, para evitar un futuro impacto ambiental y en atención a las precarias condiciones económicas y de habitabilidad de los residentes de los municipios anteriormente mencionados, decidió reubicarlos en otro terreno que les permitiera un mejor nivel de vida. La comunidad presentó acción de tutela para la protección de los derechos al ambiente sano, a la intimidad, a la vida y a la salud, teniendo en cuenta que esperaban que el reasentamiento se realizara teniendo en cuenta sus raíces ancestrales afrodescendientes, su pertenencia a la comunidad Wayúu y la ocupación que han tenido las familias desde hace más de 10 años en la zona. El 2 de abril del 2014 se declaró improcedente la tutela en primera instancia, decisión que fue confirmada en segunda instancia. Sin embargo, la Corte Constitucional en sede de revisión emitió sentencia el 5 de mayo de 2015 concediendo la protección al ambiente sano, a la vida, la salud, al agua potable, a la consulta y el consentimiento previo, libre e informado sobre las medidas de reasentamiento de la comunidad, por lo cual también ordena la realización del proceso de consulta previa.

Actores beneficiados por la sentencia

Comunidades negras de los corregimientos de patilla y chancleta

Actores condenados en la Sentencia

Ministerio del interior, Procuraduría general de la nación, Oficina de consulta previa, Carbones del cerrejón limited, Alcaldía municipal de barranca, Aguas del sur de la guajira s.a. e.s.p., Gobernación de la guajira, Ministerio de vivienda, Ministerio de hacienda y crédito público, Corporación autónoma regional de la guajira, (Sentencia T-256 de 2015)

Derechos tutelados por la Corte Constitucional

Derecho al ambiente sano, A la vida, La salud, Al agua potable, A la consulta y el consentimiento previo, Libre e informado, Al reconocimiento y subsistencia como pueblo ancestral, (Sentencia T-256 de 2015)

Medidas ordenadas por la Corte Constitucional

Se ordena al Ministerio del Interior que realice el proceso de consulta previa en la comunidad Negra de Patilla y Chancleta para el proceso de reasentamiento; Se ordena a Cerrejón Limited, a la Alcaldía Municipal de Barrancas y a Aguas del Sur de La Guajira S.A que se garantice el acceso al agua potable de la comunidad mientras se desarrolla el proceso de reasentamiento; Se ordena a Cerrejón Limited, a la empresa Aguas del Sur de La Guajira S.A. E.S.P., a la Alcaldía Municipal de Barrancas, La Guajira, a la Gobernación de La Guajira, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público que se diseñe un plan para asegurar el acceso al agua potable de todas las personas de las comunidades que habitan el sur del departamento de la Guajira; Se ordena la vinculación de la Gobernación, la Alcaldía de Barrancas, el Ministerio de Vivienda al proceso de reasentamiento de las comunidades (Sentencia T-256 de 2015).

Conflictos pesqueros judicializados

La explotación de carbón en minas a cielo abierto se ha venido realizando en La Guajira desde los años setenta a través de concesiones entregadas por el Estado (Wilches-Chaux, 2011). El área concesionada se encuentra entre los municipios de Albania y Barrancas, donde han realizado la pesca continental los miembros de las comunidades Wayuu y negras pertenecientes a los corregimientos de Chancleta y Patilla (Solano et al., 2018). Las comunidades indican que la actividad de extracción de carbón han afectado las condiciones de pesca de la zona (Iguarán, 2013).