Adjudicación de proyecto hidroeléctrico.
Conflicto de la pesca con otra actividad económica
HUILA
Gigante
Contaminación ambiental, Desplazamiento del territorio, Limitación de actividades pesqueras, (Sentencia T-135 de 2013)
Derecho al mínimo vital y a la vida digna
Proyecto hidroeléctrico el quimbo, (Sentencia T-135 de 2013)
Proyecto hidroeléctrico denominado “El Quimbo” por la empresa EMGESA S.A. E.S.P- La obra fue adjudicada en junio de 2008, por el Ministerio de Minas y Energía como resultado del proceso de asignación de Obligaciones de Energía Firme. El objetivo de la concesión fue garantizar el suministro de energía del país hasta el 2018. Se autorizó la construcción de seis plantas: Cucuana, Miel II, Porce IV, Sogamoso, Pescadero Ituango y El Quimbo, otorgada a la empresa EMGESA S.A. E.S.P. Dentro de las obligaciones contraídas por la sociedad con el Gobierno Nacional se encuentra la construcción de la hidroeléctrica, que debe entrar en funcionamiento en diciembre de 2014 y tener una capacidad instalada de 400 megavatios. La represa aprovechará aguas de los ríos Suaza y Magdalena, y cubrirá una superficie superior a 8500 hectáreas. La inversión aproximada para su construcción asciende a US$ 837.000.000. Se pretende que la hidroeléctrica abastezca algo así como el 8% de la demanda energética colombiana y que tenga una vida útil de cincuenta años (Sentencia T-135 de 2013).
Pescadores artesanales, Paleros, Transportadores de carga y maestros de construcción de los municipios gigante, El agrado, Garzón, Tesalia, Altamira, Paicol (sentencia t-135 de 2013).
Se solicita la inclusión dentro del censo de población afectada por la construcción del proyecto. En consecuencia se ordene la indemnización y suspensión definitiva de la obra, especialmente la desviación del Río Magdalena (Sentencia T-135 de 2013).
Derecho al mínimo vital y a la vida digna, (Sentencia T-135 de 2013)
El proyecto hidroeléctrico denominado El Quimbo desarrollado por la empresa EMGESA S.A. E.S.P fue adjudicado en junio de 2008 por el Ministerio de Minas y Energía como resultado del proceso de asignación de Obligaciones de Energía Firme. El objetivo de la concesión fue garantizar el suministro de energía del país hasta el 2018. Se autorizó la construcción de seis plantas: Cucuana, Miel II, Porce IV, Sogamoso, Pescadero Ituango y El Quimbo, otorgada a la empresa EMGESA S.A. E.S.P. Dentro de las obligaciones contraídas por la sociedad con el Gobierno Nacional se encuentra la construcción de la hidroeléctrica, que debe entrar en funcionamiento en diciembre de 2014 y tener una capacidad instalada de 400 megavatios. La represa aprovechará aguas de los ríos Suaza y Magdalena, y cubrirá una superficie superior a 8500 hectáreas. Se pretende que la hidroeléctrica abastezca algo así como el 8% de la demanda energética colombiana y que tenga una vida útil de cincuenta años. Distintos pescadores artesanales, paleros, transportadores de carga y maestros de construcción de los municipios Gigante, El Agrado, Garzón, Tesalia, Altamira, Paicol presentaron 7 acciones de tutela las cuales fueron estudiadas dentro del expediente solicitando el amparo de los derechos al mínimo vital y a la vida digna. Solicitan su inclusión dentro del censo de población afectada por la construcción del proyecto. Que en consecuencia se ordene la indemnización y suspensión definitiva de la obra, especialmente la desviación del Río Magdalena. El 13 de marzo de 2013 se emite sentencia por la Corte Constitucional revocando las decisiones de instancia que negaron el amparo de los derechos de los 7 solicitantes y se concede la protección de los derechos al mínimo vital, a la vida digna y al trabajo. Se ordena la inclusión de los accionantes en el censo de afectados por El Quimbo. Se les otorgan los beneficios de la Resolución 899 de 2009. Se ordena a la empresa EMGESA S.A. E.S.P realizar un nuevo censo en el que participe la comunidad. Además, la Agencia Nacional Ambiental deberá hacer efectivo los procesos de participación. La procuraduría regional de Huila será la encargada de supervisar el cumplimiento de la sentencia.
Álvaro lizcano rodríguez, Rafael antonio garcía lotero, José darío horta sánchez, Luis ernesto cumbre gonzález, Reinel castañeda mayorga, Fermín caballero, Leonardo macías sepúlveda
Autoridad nacional de licencias ambientales, Emgesa s.a. e.s.p., Procuraduría regional del huila, (Sentencia T-135 de 2013)
Derecho al mínimo vital, A la vida digna y al trabajo, (Sentencia T-135 de 2013)
Se les otorgan a los accionantes los beneficios de la resolución 899 de 2009. La empresa EMGESA S.A. E.S.P deberá realizar un nuevo censo en el que participe la comunidad. La Agencia Nacional Ambiental deberá hacer efectivo los procesos de participación. La procuraduría regional de Huila deberá supervisar el cumplimiento de la sentencia (Sentencia T-135 de 2013).
En 2008 el Estado adjudica la concesión para la construcción de la hidroeléctrica "El Quimbo" por parte de la empresa EMGESA S.A. E.S.P. Allí habitan las comunidades pesqueras artesanales de los municipios Gigante, El Agrado, Garzón, Tesalia, Altamira, Paicol. Estas comunidades han realizado la pesca de manera artesanal, ya que les permite cubrir sus necesidades básicas. Este proyecto ha afectado esta actividad ya que las especies de peces variaron y muchas otras no volvieron a aparecer por el represamiento del rio Cauca (Sentencia T-135 de 2013).