Ampliación del Terminal Marítimo de Cartagena.

Tipología de conflictos pesqueros

Conflicto de la pesca con otra actividad económica

Departamento

BOLÍVAR

Municipio

Cartagena

Otros conflictos asociados

Pobreza; exclusión; privatización de playas; desigualdad social; certificación de no presencia de comunidades étnicas (Sentencia T-479 de 2018).

Derechos asociados al caso

Trabajo, Mínimo vital, Debido proceso, Consulta previa, Integridad social y cultural, Identidad cultural, Autonomía, Libertad de profesión u oficio, Participación, Igualdad, Seguridad alimentaria

Proyecto que vulnera derechos de comunidades pesqueras

Terminal Marítimo Compas S.A. (Sentencia T-479 de 2018).

Descripción del proyecto que vulnera derechos de comunidades pesqueras

El proyecto consiste en la ampliación del Terminal Marítimo de Cartagena, buscando "adaptar el terminal a las nuevas tecnologías de tráfico portuario para que se puedan recibir buques de mayor calado y manejar de manera eficiente una mayor cantidad de carga contenerizada. Se pretende que tenga beneficios para todos los grupos de interés, amplíe la capacidad del terminal y favorezca la libre competencia. Durante la fase de construcción existiría señalización para direccionar las pequeñas embarcaciones pesqueras por los canales de acceso permitidos, todo esto con el apoyo de la DIMAR. Así mismo, se determina que el proyecto no impediría las labores de pesca en las zonas donde actualmente los pescadores realizan sus faenas" (Compas S.A., 2018).

Comunidades pesqueras involucradas

Comunidades Negras de la Isla Tierra Bomba (localidades: Punta Arena, Caño de Oro, Tierra Bomba y Bocachica) (Sentencia T-479 de 2018).

Medidas solicitadas por las comunidades pesqueras

Se solicita la suspensión del trámite administrativo de evaluación de la licencia ambiental hasta que no se garantice el proceso de Consulta Previa, Libre e Informada; que se realice el proceso de Consulta Previa, Libre e Informada y se emita la certificación de comunidades étnicas por parte del Ministerio del Interior; se declare vulneración al debido proceso por parte de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) al expedir la resolución que autorizó la ampliación de la concesión portuaria (Sentencia T-479 de 2018).

Derechos reivindicados por las comunidades pesqueras en la demanda

Derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada, debido proceso, integridad social y cultural, existencia, identidad cultural, autonomía, mínimo vital, libertad de profesión u oficio, participación, igualdad, trabajo y seguridad alimentaria (Sentencia T-479 de 2018).

Resumen del caso jurídico

En 1992 a la Sociedad Portuaria Terminal Marítimo Muelles el Bosque S.A., hoy Compañía de Puertos Asociados (Compas S.A.), se le otorgó el contrato de concesión portuaria No. 001 de 1992, para ocupar y utilizar las playas y terrenos de Bajamar de la Bahía de Cartagena por un plazo de 20 años. El 18 de abril del 2016, la empresa solicitó a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) la modificación del contrato para expandir el área del proyecto, prorrogar el plazo contractual y ejecutar nuevas inversiones. Esta solicitud fue arobada por la ANI a través de la Resolución No. 991 de 2017. La Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior emitió la certificación No. 0097 de 2017, determinando que no se registraba presencia de comunidades Negras (afrodescendientes, raizales o palenqueras) en el área. Sin embargo, la ampliación del terminal marítimo restringiría las actividades de pesca y la libre locomoción de las comunidades que habitan la Bahía de Cartagena, en el 2018 las comunidades presentaron una Acción de Tutela para la protección del derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada, la cual fue desfavorable en primera instancia. La segunda instancia protegió el derecho de las comunidades, sentencia que fue confirmada por la Corte Constitucional de Colombia concediendo el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso administrativo y la Consulta Previa, Libre e Informada de los Consejos Comunitarios de Tierra Bomba, Punta Arena, Bocachica y Caño del Oro, ordenando una visita de verificación de zonas de asentamiento de los Consejos Comunitarios ubicados en el área del proyecto y que Compas S.A. se abstenga de ejecutar las obras correspondientes hasta que se cumplan las órdenes del fallo.

Actores beneficiados por la sentencia

Consejos Comunitarios de Tierra Bomba, Punta Arena, Bocachica y Caño del Oro (Sentencia T-479 de 2018).

Actores condenados en la Sentencia

Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior; Compañía de Puertos Asociados (Compas S.A.) (Sentencia T-479 de 2018).

Derechos tutelados por la Corte Constitucional

Derecho al debido proceso administrativo y Consulta Previa, Libre e Informada (Sentencia T-479 de 2018).

Medidas ordenadas por la Corte Constitucional

Ordenó a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior realizar una visita de verificación de los Consejos Comunitarios ubicados en el área de influencia del proyecto. Ordenó a la Compañía de Puertos Asociados (Compas S.A.) abstenerse de ejecutar las obras de ampliación del Terminal Marítimo Portuario hasta tanto se cumplan las órdenes impartidas en el fallo (Sentencia T-479 de 2018).

Conflictos pesqueros judicializados

El Estado colombiano firmó un contrato de concesión portuaria con la Compañía de Puertos Asociados (Compas S.A.) en 1992 para ocupar y utilizar temporal y exclusivamente las playas y terrenos de Bajamar de la Bahía de Cartagena con el fin de construir y administrar un terminal marítimo (Superintendencia de general de puertos, 1992). La Bahía de Cartagena se encuentran diversas comunidades Negras como las que habitan en la Isla Tierra Bomba (Meza, 2019). La mayoría de habitantes de la Isla Tierra Bomba tradicionalmente han ejercido la pesca artesanal como modo de vida (Clavijo, 2016). Sin embargo, el dragado, la construcción y operación del terminal marítimo ha impactado los ecosistema y erosionado la linea costera conllevando a la disminución de los recursos pesqueros (Higuera, 2013).