Apropiación de tierras ancestrales de la comunidad indígena Mokaná.

Tipología de conflictos pesqueros

Conflicto institucional y cultural alrededor de la pesca

Departamento

ATLÁNTICO

Municipio

Tubará

Otros conflictos asociados

Desplazamiento del territorio, Pérdida de tradiciones y costumbres, Limitación de labores de pesca, Adjudicación irregular de predios, Imposibilidad de ejercer actividad pesquera, (Sentencia T-011 de 2019)

Derechos asociados al caso

Debido proceso, Consulta previa, Territorio, Identidad étnica y cultural, Subsistencia

Proyecto que vulnera derechos de comunidades pesqueras

Construcción del proyecto vía al mar; relleno sanitario parque ambiental los pocitos; soluciones ecológicas de colombia; proyecto complejo campestre “jw aeirruko”; horno crematorio tecnianza; ladrillera cuatrobocas; fábrica de llantas michelin, (Sentencia T-011 de 2019)

Descripción del proyecto que vulnera derechos de comunidades pesqueras

Personas ajenas a la comunidad Mokaná han promovido procesos de pertenencia logrando que mediante sentencias ejecutoriadas se declare la prescripción extraordinaria, por ende, se les otorgue el dominio de los terrenos. Dichos terrenos en la actualidad son usados en otros proyectos tales como: Construcción del proyecto Vía al mar: El Consorcio Vía al Mar mantiene y opera la carretera Cartagena – Barranquilla, ruta 90A, conocida como la vía al mar. El Consorcio tiene a cargo las labores de diseño y construcción del anillo vial de Crespo. El Relleno sanitario Parque Ambiental Los Pocitos: Comenzó a operar en abril de 2009. Está localizado a 15 kilómetros de Barranquilla, en la vía Juan Mina-Tubará, en un área de 135 Hectáreas, de las cuales en 75 Hectáreas efectúan la disposición de cerca de dos mil toneladas diarias de desechos sólidos (Triple A S.A. E.S.P, s.f.) que provienen de las casas de Barranquilla, los municipios de Galapa y Puerto Colombia, y la zona costera de Tubará (Artuz, 2019); Proyecto Complejo Campestre “JW AEIRRUKO” – Unidad Residencial y Club El Poblado- Con permiso otorgado por la C.A.R., Umata, Oficina de Planeación, Secretaría de Hacienda, Alcaldía y Concejo Municipal de Tubará, han talado varias hectáreas de bosque nativo, lo que ha puesto en peligro la fauna existente en el área de las “Reservas de Corral de San Luis, Juarúco, El Morro hasta Bajo Ostión. Soluciones Ecológicas de Colombia; Horno Crematorio Tecnianza; Ladrillera Cuatrobocas, Fábrica de llantas Michelin (Sentencia T-011 de 2019).

Comunidades pesqueras involucradas

Comunidad indígena mokaná del resguardado colonial de tubará, Puerto colombia, Bajo ostión, Juarúco, Morro hermoso, Puerto caimán, Corral de san luis, Cuatro bocas y guaimaral (sentencia t-011 de 2019).

Medidas solicitadas por las comunidades pesqueras

Se solicita ordenar la suspensión de las obras que se están adelantando en el territorio del resguardo, incluyendo las actividades de explotación de recursos renovables y no renovables sobre el suelo, el subsuelo y sobre la “roca madre del resguardo de Tubará”, se ordene al notario de Puerto Colombia y al señor Juan de Acosta cumplir la Ley 89 de 1890, “en el sentido de protocolizar todo documento que los indígenas quieran guardar en Protocolo” y como medida provisional, suspender la ejecución de todas las “obras inconsultas y órdenes de amparo policivos que se tramiten ante las Inspecciones de Policía de Tubará”, en especial sobre las tierras que corresponden al resguardo (Sentencia T-011 de 2019).

Derechos reivindicados por las comunidades pesqueras en la demanda

Derecho al debido proceso, (Sentencia T-011 de 2019)

Resumen del caso jurídico

La comunidad Mokaná ha habitado durante varios años en el “Territorio Ancestral de Tierradentro” por tanto, se consideran “propietarios ancestrales” de esos terrenos. Sin embargo, personas ajenas a la comunidad Mokaná han promovido procesos de pertenencia logrando que mediante sentencias ejecutoriadas se declare la prescripción extraordinaria, por ende, se les otorgue el dominio de los terrenos, los cuales son usados en la actualidad en otros proyectos tales como: Construcción del proyecto Vía al Mar, Relleno sanitario Parque Ambiental Los Pocitos, Soluciones Ecológicas de Colombia, Proyecto Complejo Campestre “JW AEIRRUKO” – Unidad Residencial y Club El Poblado, Horno Crematorio Tecnianza, Ladrillera Cuatrobocas, Fábrica de llantas Michelin. Por lo anterior, el 18 de diciembre de 2017, la comunidad presentó una Acción de Tutela solicitando el amparo de los derechos al debido proceso, que se ordenara la suspensión de las obras que se están adelantando en el territorio del resguardo, se ordenara dar cumplimiento de la Ley 89 de 1890 y como medida provisional, suspender la ejecución de todas las obras inconsultas y órdenes de amparo policivos que se tramiten ante las Inspecciones de Policía de Tubará. El 29 de enero del 2018, se admitió la Acción de Tutela y se emitió sentencia de única instancia el 9 de febrero del 2018, negando sus pretensiones. El 22 de enero del 2019 se emitió sentencia por la Corte Constitucional, con la cual se revocó el fallo de única instancia y se tutelaron los derechos a la consulta previa, al debido proceso administrativo, a la identidad étnica y cultural, a la subsistencia y al territorio de la comunidad. Se ordenó realizar el proceso de clarificación de los predios, se requirieron a las entidades encargadas para que pongan a disposición del Director de la Agencia Nacional de Tierras, toda la información que posean respecto de la actuación administrativa correspondiente a los expedientes del folio de matrícula inmobiliaria Resguardo de Indígenas. Además, se ordenó agilizar la actuación administrativa para establecer la real situación jurídica del Resguardo de Indígenas y después de terminado el trámite se realicen las titulaciones a las que haya lugar. Así mismo, el Ministerio de Interior, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación, deberán acompañar a la comunidad en los procesos que se adelanten en razón de las órdenes del fallo y así también se deberá realizar el proceso de consulta previa.

Actores beneficiados por la sentencia

Comunidad indígena mokaná del resguardado colonial de tubará, Puerto colombia, Bajo ostión, Juarúco, Morro hermoso, Puerto caimán, Corral de san luis, Cuatro bocas y guaimaral

Actores condenados en la Sentencia

Defensoría del pueblo, Procuraduría general de la nación, Director de la agencia nacional de tierras, Superintendencia de notariado y registro, Gerente del instituto geográfico agustín codazzi, Gerente del igac, Registrador principal de la oficina de registro de instrumentos públicos del circuito de barranquilla, Ministerio del interior - dirección de consulta previa, Dirección de asuntos indígenas, Rom y minorías del ministerio de interior, (Sentencia T-011 de 2019)

Derechos tutelados por la Corte Constitucional

Derecho la consulta previa, Al debido proceso administrativo, A la identidad étnica y cultural, A la subsistencia y al territorio de la comunidad, (Sentencia T-011 de 2019)

Medidas ordenadas por la Corte Constitucional

Se ordenó al Director de la Agencia Nacional de Tierras, al Superintendente de Notariado y Registro y al Gerente del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, realizar el proceso de clarificación solicitado por la comunidad indígena; Se requirió al Gerente del IGAC, a la Superintendencia de Notariado y Registro y al Registrado de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barranquilla para que pongan a disposición del Director de la Agencia Nacional de Tierras, toda la información que posean respecto de la actuación administrativa correspondiente al expediente 040-AA-2013-49 tendiente a establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 040-62887 con relación al globo de terreno denominado Resguardo de Indígenas ubicado en el municipio de Tubará; Se ordena al Gerente del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), a la Superintendencia de Notariado y Registro y al Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Circuito de Barranquilla agilizar la actuación administrativa correspondiente al expediente 040-AA-2013-49 para establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria 040-62887 con relación al globo de terreno denominado Resguardo de Indígenas ubicado en el municipio de Tubará; Se ordena al Director de la Agencia Nacional de Tierras que una vez se culmine el proceso agrario tramite las solicitudes de constitución y/o titulación a las que haya lugar. Se ordena a la Superintendencia de Notariado y Registro la inscripción de la apertura del proceso de clarificación en todos aquellos folios de matrícula segregados y subsegregados que se encuentran en conflicto con el folio matriz 040-62887 identificados; Se ordenó a la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías del Ministerio de Interior, a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación, que en el marco de sus competencias y en ejercicio de sus funciones asesore y acompañe a la comunidad Indígena Mokaná en los procesos que se lleven a cabo en el presente asunto. Se ordena al Ministerio del Interior-Dirección de Consulta Previa que, en coordinación con la Alcaldía Municipal de Tubará, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), y los representantes de la comunidad indígena accionante realicen el proceso de consulta previa; Se solicita el acompañamiento y vigilancia de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría respecto al cumplimiento del fallo; Se envía la providencia a cada una de las partes y al Instituto Colombiano de Antropología e Historia –ICANH, así como al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Sentencia T-011 de 2019).

Conflictos pesqueros judicializados

En el departamento del Atlántico el Estado ha adjudicado concesión al Consorcio vía al Mar para realizar proyectos de infraestructura vial. Asimismo, se les entregaron títulos a proyectos de infraestructura sanitaria como el relleno sanitario Parque Ambiental Los Pocitos y soluciones ecológicas de Colombia; proyecto turístico llamado el Complejo Campestre “JW AEIRRUKO”; proyectos comerciales como el horno Crematorio Tecnianza, ladrillera Cuatrobocas y Fábrica de llantas Michelina. Todos estos proyectos se realizaron en el territorio de la comunidad indígena Mokaná, la cual ha experimentado un fuerte proceso de aculturación (Baquero & De la Hoz, 2011) gracias a la apropiación por parte de terceros. Los miembros de dicha comunidad viven de actividades como la pesca artesanal. Sin embargo, expresan que este tipo de proyectos los priva del acceso a las áreas de pesca.